Argentina cuenta desde hace más de tres décadas con un sistema regulatorio específico para la evaluación y autorización de organismos genéticamente modificados utilizados en producción agropecuaria. Este sistema involucra a distintos organismos técnicos encargados de analizar la bioseguridad, el impacto productivo y la aptitud alimentaria de estos desarrollos biotecnológicos.
La nueva resolución publicada en el Boletín Oficial actualiza ese marco regulatorio y redefine los lineamientos para las actividades vinculadas con organismos genéticamente modificados (OGM), tanto en etapas experimentales como en la autorización para su comercialización.
El objetivo de la norma es ordenar el esquema institucional que interviene en la evaluación de estos productos, adaptarlo a las nuevas aplicaciones de la biotecnología y facilitar la coordinación entre organismos técnicos.
La norma establece que toda actividad vinculada con la liberación al agroecosistema de organismos genéticamente modificados que no cuenten con aprobación comercial previa deberá contar con autorización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Esto incluye principalmente a los ensayos experimentales en campo, investigación y desarrollo en biotecnología agrícola, pruebas de liberación controlada y la evaluación previa a la comercialización de eventos biotecnológicos. Las autorizaciones se otorgarán caso por caso, considerando el uso propuesto del organismo o de los productos derivados del mismo.
El procedimiento de evaluación contempla tres instancias principales. La primera es la evaluación de riesgo para el agroecosistema, que estará a cargo de la Coordinación de Innovación y Biotecnología y de la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA).
En paralelo, el SENASA será responsable de evaluar la aptitud alimentaria humana y animal de los organismos genéticamente modificados o de sus productos derivados. Por último, se analizan los posibles impactos en la producción y comercialización agrícola.
Cada una de estas evaluaciones tiene plazos establecidos para su resolución, lo que busca ordenar y agilizar los procedimientos administrativos.
La fiscalización de las actividades vinculadas a OGM continuará bajo la órbita de el Instituto Nacional de Semillas (INASE) y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Estos organismos intervendrán según sus competencias en el seguimiento de ensayos, manejo de materiales y cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones.
La normativa también establece que las obligaciones vinculadas con estas autorizaciones abarcan todas las etapas del proceso, incluyendo el ingreso del material biológico al país, el manejo y utilización durante los ensayos, el almacenamiento, la disposición final y el monitoreo posterior del sitio utilizado
La resolución también se articula con el memorando de entendimiento firmado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay para la creación de una red regional de bioseguridad en biotecnología moderna. Este esquema permite utilizar evaluaciones realizadas por otros países con marcos regulatorios similares como referencia técnica en los procesos de análisis de riesgo. El objetivo es facilitar la cooperación regional en la evaluación de productos biotecnológicos y promover procedimientos más eficientes en la autorización de nuevos desarrollos.
IMPACTO OPERATIVO
Para importadores: Las empresas que introduzcan materiales biológicos o semillas genéticamente modificadas para investigación deberán verificar que cuenten con las autorizaciones correspondientes antes del ingreso al país.
Para la industria agrobiotecnológica: La norma actualiza el procedimiento de evaluación para desarrollos biotecnológicos y define plazos y organismos responsables para las distintas instancias técnicas.
Para el comercio exterior: Las autorizaciones para ingreso de materiales biológicos, ensayos experimentales y desarrollos agrícolas con OGM estarán sujetas al cumplimiento de este procedimiento y a la intervención de organismos técnicos como SENASA e INASE.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina – 11/03/2026 – https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/339308/20260311