El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicó la Resolución 199/2026, mediante la cual se establece un nuevo marco regulatorio para la evaluación de la aptitud alimentaria de organismos genéticamente modificados (OGM) destinados al consumo humano y animal. La medida reemplaza la Resolución SENASA 412/2002, que durante más de veinte años fue la norma principal que regulaba la evaluación de alimentos derivados de biotecnología en Argentina. La actualización responde a la necesidad de incorporar los avances científicos y tecnológicos que se produjeron en materia de biotecnología agropecuaria y seguridad alimentaria.
El nuevo marco establece los procedimientos y criterios técnicos que utiliza el SENASA para evaluar si un organismo genéticamente modificado o un alimento derivado es apto para consumo humano y animal. Esta evaluación forma parte del proceso regulatorio que debe cumplirse antes de que un producto biotecnológico pueda avanzar hacia su aprobación comercial. La resolución también define que la Dirección de Estrategia y Análisis de Riesgo del SENASA será el área responsable de realizar el análisis de riesgo alimentario de los OGM y de emitir el correspondiente documento técnico de evaluación.
Las empresas o desarrolladores que busquen evaluar la aptitud alimentaria de un OGM deberán presentar ante el SENASA una solicitud que incluya identificación del evento biotecnológico, datos del desarrollador o titular, responsable técnico y legal, antecedentes científicos del producto, estudios de inocuidad alimentaria e información sobre aprobaciones en otros países (cuando existan).
La presentación deberá realizarse mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y la documentación técnica deberá incluir estudios científicos que respalden la seguridad del producto para su uso como alimento humano o animal.
La resolución introduce dos modalidades de trámite para la evaluación del riesgo alimentario:
1. Trámite normal: se aplica a casos de mayor complejidad técnica y requiere una presentación completa de información científica y documentación técnica.
2. Trámite diferencial: se utiliza en casos de menor complejidad, con requisitos técnicos reducidos, aunque suficientes para permitir una evaluación científica adecuada. Esta diferenciación busca agilizar los procesos regulatorios sin reducir el nivel de control sanitario.
El análisis técnico será realizado por la Coordinación General de Biotecnología, que evaluará la evidencia científica presentada por el solicitante. Como resultado del proceso, el SENASA emitirá un “Documento de Decisión”, donde se detallarán los criterios utilizados en la evaluación, los estudios analizados y las conclusiones sobre la aptitud alimentaria del OGM.
Este documento se publicará en el sitio oficial del organismo. Es importante destacar que este dictamen no constituye la autorización comercial del OGM, sino uno de los pasos previos necesarios dentro del proceso regulatorio.
Uno de los objetivos centrales de la actualización normativa es armonizar el sistema argentino con estándares internacionales, particularmente los desarrollados por el Codex Alimentarius y la OCDE. Esto facilita el reconocimiento internacional de los sistemas de evaluación argentinos y puede contribuir a la apertura de mercados para productos agroalimentarios que incorporen biotecnología.
IMPACTO OPERATIVO
Para importadores: Las empresas que importen alimentos o insumos derivados de biotecnología deberán verificar si los productos cuentan con evaluaciones de aptitud alimentaria aprobadas por el SENASA.
Para la industria agroalimentaria: Las compañías que desarrollen o utilicen OGM tendrán un procedimiento actualizado para la presentación de estudios y solicitudes de evaluación.
Para operaciones de comercio exterior: La armonización con estándares internacionales puede facilitar la circulación de productos biotecnológicos en mercados externos, aunque los requisitos regulatorios seguirán siendo parte del proceso previo a la autorización comercial.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina – 12/03/2026 – https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/339370/20260312